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Ltda en Chile


La Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) es una de las formas societarias más antiguas de Chile. Requiere escritura pública ante notario, permite entre 2 y 50 socios, y la participación se expresa en cuotas del capital. Aunque sigue siendo válida, la SpA la ha desplazado en popularidad por su mayor flexibilidad.

Características de la Ltda.

  • Mínimo 2 socios, máximo 50.
  • La participación se divide en cuotas del capital social (no en acciones).
  • Responsabilidad limitada: cada socio responde solo hasta el monto de su aporte.
  • La transferencia de cuotas requiere modificación de escritura (escritura pública de modificación de sociedad), lo que encarece los cambios de socio.
  • Se constituye mediante escritura pública ante notario y posterior inscripción en el Registro de Comercio.

Proceso de constitución

  1. Acordar entre todos los socios los términos: razón social, giro, capital, porcentajes de participación, representante legal.
  2. Redactar la escritura pública (el notario puede usar un modelo estándar o uno personalizado).
  3. Todos los socios firman la escritura ante el notario. Si alguno no puede asistir, debe otorgar poder notarial.
  4. Publicar un extracto de la escritura en el Diario Oficial dentro de 60 días de la firma.
  5. Inscribir la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la jurisdicción del domicilio.

Costos aproximados 2026

ÍtemCosto estimado CLP
Escritura pública notarial$80.000 – $200.000
Publicación en Diario Oficial$50.000 – $80.000
Inscripción Conservador de Bienes Raíces$30.000 – $60.000
Total aproximado$160.000 – $340.000

Ltda. vs. SpA: comparación directa

CriterioLtda.SpA
ConstituciónNotaría (costo)Online gratis
Transferencia de participaciónEscritura pública (costo)Libre por contrato
Mínimo de socios/accionistas21
Apto para inversiónLimitado
Clases de participaciónNo (solo cuotas)Sí (series de acciones)

¿Cuándo tiene sentido elegir una Ltda.?

  • Cuando ya tienes una Ltda. constituida y modificarla a SpA tiene un costo mayor que mantenerla.
  • En ciertos rubros o contratos donde por costumbre se prefiere la razón social "Ltda." (cada vez menos frecuente).
  • Cuando los socios prefieren la regulación más rígida de las cuotas como mecanismo de control (aunque un buen pacto de accionistas en SpA logra lo mismo).

Errores frecuentes

  • No publicar el extracto en el Diario Oficial dentro de los 60 días: la sociedad puede quedar sin efecto.
  • No inscribir en el Registro de Comercio: sin inscripción la sociedad no es oponible a terceros.
  • Acordar verbalmente la salida de un socio sin formalizar el cambio mediante escritura pública.
  • Confundir el plazo de publicación (Diario Oficial) con el de inscripción (Conservador): son trámites distintos con plazos distintos.

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