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Cotizaciones previsionales


Cotizaciones previsionales en Chile: guía completa

Las cotizaciones previsionales son los aportes obligatorios que empleadores y trabajadores realizan mensualmente al sistema de seguridad social. Financian las pensiones, la salud, el seguro de cesantía y la protección ante accidentes laborales. Su correcta liquidación y pago es obligación del empleador, quien actúa como agente retenedor.

Tasas de cotización vigentes (2026)

ConceptoTasaQuién pagaTope imponible
AFP (pensión)10,00%Trabajador81,6 UF
Comisión AFPVariable (0,58% – 1,44%)Trabajador81,6 UF
SIS (Seguro Invalidez y Sobrevivencia)1,49%Empleador81,6 UF
Salud (Fonasa)7,00%Trabajador81,6 UF
Salud (Isapre)7,00% + excedenteTrabajador (empleador complementa si pacta)81,6 UF
AFC – Seguro Cesantía (contrato indefinido)0,60% trabajador + 2,40% empleadorAmbos122,6 UF
AFC – Seguro Cesantía (contrato a plazo fijo)3,00% empleadorSolo empleador122,6 UF
Mutual (Accidentes del Trabajo y EEPP)0,93% base + adicionalEmpleadorSin tope
SANNA (Ley 21.063)0,02%EmpleadorSin tope

AFP: pensión obligatoria

El sistema AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) recibe el 10% de la remuneración imponible del trabajador más la comisión de administración. Las AFP vigentes en Chile (2026) son: Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, PlanVital y Provida. El trabajador elige libremente su AFP; si no elige, el SII asigna automáticamente la AFP de menor comisión ganadora de la licitación vigente (actualmente Modelo).

Salud: Fonasa vs. Isapre

El 7% de cotización de salud puede destinarse a:

  • Fonasa: El Fondo Nacional de Salud. Cobertura universal. Si la cotización supera el 7%, el excedente va a Fonasa igualmente.
  • Isapre: Institución de Salud Previsional privada. El trabajador contrata un plan de salud cuyo precio puede superar el 7%, pagando el diferencial con descuento adicional en su liquidación o directamente.

AFC: Seguro de Cesantía

Administrado por la AFC Chile S.A. Los fondos van a dos cuentas: Cuenta Individual de Cesantía (CIC) del trabajador y el Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Al quedar cesante, el trabajador puede retirar su CIC; si no alcanza para cubrir el beneficio mínimo, el FCS complementa. Para acceder al FCS se requiere al menos 12 cotizaciones continuas con el mismo empleador.

Mutual: seguro de accidentes laborales

La Ley N° 16.744 obliga a los empleadores a afiliar a sus trabajadores a una mutualidad o al ISL (Instituto de Seguridad Laboral, para empleadores sin obligación de afiliarse a mutual). Las mutuales vigentes son: ACHS, Mutual de Seguridad CChC e IST. La tasa base es 0,93%; se agrega una tasa adicional variable según la actividad económica y el historial de siniestralidad de la empresa.

Topes imponibles y UF

Los topes imponibles se expresan en UF y se actualizan diariamente. El cálculo usa el valor de la UF del último día del mes anterior al de la remuneración. Para liquidaciones de marzo 2026 se usa la UF del 28 de febrero 2026. El software de Previred aplica automáticamente el tope correcto al momento de calcular las cotizaciones.

APV: Ahorro Previsional Voluntario

El APV es un ahorro adicional a la cotización obligatoria con beneficios tributarios. Modalidad A: el Estado aporta el 15% de lo ahorrado (hasta 6 UTM anuales). Modalidad B: el aporte reduce la base imponible de segunda categoría (ahorro tributario inmediato). El trabajador puede ahorrar hasta 50 UF mensuales en APV.

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