Cómo hacer F29
El Formulario 29 (F29) es la declaración mensual obligatoria que concentra el IVA, los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) y las retenciones de impuestos de segunda categoría. Es el trámite tributario más frecuente para cualquier empresa en Chile: se presenta cada mes, sin excepción.
¿Quién debe presentar el F29?
- Toda empresa o persona natural con actividades de primera categoría.
- Contribuyentes afectos a IVA (ventas de bienes o servicios gravados).
- Empleadores que retienen impuesto de segunda categoría a sus trabajadores.
- Quienes pagan boletas de honorarios a terceros (retención del 12,25% en 2026).
Plazos de presentación 2026
| Contribuyente | Plazo | Condición |
|---|---|---|
| Empresa con domicilio en Chile | Día 12 del mes siguiente | Pago vía internet (Portal SII o bancos) |
| Pago en sucursal bancaria | Día 12 | Si el banco lo acepta presencialmente |
| Casos sin ventas (declaración en cero) | Día 12 | Igual obligatorio presentar |
| Diciembre (plazo especial) | Enero 12 o 20 según caso | Sin variación en 2026 |
Si el día 12 cae sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil. El SII publica el calendario tributario actualizado cada año.
Paso a paso: cómo declarar el F29 en sii.cl
- Ingresa a sii.cl con RUT y clave tributaria (o ClaveÚnica).
- Menú: Servicios online → Impuestos mensuales → Declarar y pagar F29.
- Selecciona el período tributario (mes y año).
- Revisa las propuestas pre-llenadas con datos de tus DTE: el SII cruza tus facturas electrónicas automáticamente.
- Completa o corrige las líneas que no se llenaron automáticamente.
- Verifica el total a pagar o el remanente de crédito fiscal.
- Paga con WebPay, transferencia o cargo a cuenta bancaria.
- Descarga el comprobante de declaración.
Líneas clave del F29
| Sección | Líneas | Concepto |
|---|---|---|
| IVA débito | 1 al 9 | Ventas del período, facturas y boletas emitidas |
| IVA crédito | 20 al 27 | Compras del período, facturas recibidas |
| IVA a pagar | 38-40 | Débito menos crédito, más remanente anterior |
| PPM | 60-67 | Pagos provisionales mensuales obligatorios y voluntarios |
| Retenciones | 70-79 | Honorarios, segunda categoría, otros |
| Total | 89 | Suma de todos los impuestos del período |
Multas e intereses por atraso
El Art. 97 N°2 del Código Tributario establece multas por presentación fuera de plazo:
- Multa base: 10% del impuesto adeudado.
- Incremento mensual: 2% adicional por cada mes o fracción de mes de retraso, con tope del 30%.
- Interés penal: 1,5% mensual sobre el impuesto, desde el vencimiento.
- Si no hay impuesto a pagar (declaración en cero), la multa es de 1 UTM.
Puedes solicitar condonación de multas e intereses en el SII, especialmente si es primera vez o si el atraso fue menor a 30 días.
Rectificatorias
Si detectas un error en un F29 ya presentado, debes presentar una rectificatoria. Se hace en el mismo portal, seleccionando el período y marcando "Rectificatoria". Considera:
- Si la rectificatoria aumenta el impuesto, deberás pagar la diferencia más intereses y multa por el período transcurrido.
- Si disminuye el impuesto, el SII puede cuestionar la rectificatoria y solicitar documentación de respaldo.
- El plazo para rectificar es de 3 años desde la fecha de vencimiento original (Art. 126 Código Tributario).
F29 y PPM: la conexión
El F29 no solo declara IVA. También es el vehículo para pagar los PPM. El PPM es un anticipo del impuesto anual de primera categoría. Se calcula sobre los ingresos brutos del mes y se entera junto con el IVA en el mismo formulario.

