Calendario tributario editable
Mantén un calendario del período con vencimientos consultados en SII y responsables de presentación y pago.
Plantilla elaborada por Simplo. Origen y revisión
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| A | B | C | D | E | F | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | Obligación | Período | Fecha oficial consultada | Responsable | Estado | Folio/pago |
| 2 | F29 | Completar | Pendiente de consulta | Pendiente | ||
| 3 | F22 | Completar | Pendiente de consulta | Pendiente | ||
| 4 | DJ aplicable | Completar | Pendiente de consulta | Pendiente |
Calendario tributario editable
| Obligación | Período | Fecha oficial consultada | Responsable | Estado | Folio/pago | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 2 | F29 | Completar | Pendiente de consulta | Pendiente | ||
| 3 | F22 | Completar | Pendiente de consulta | Pendiente | ||
| 4 | DJ aplicable | Completar | Pendiente de consulta | Pendiente |
Cómo usar este documento
Mantén un calendario del período con vencimientos consultados en SII y responsables de presentación y pago.
- Consulta el calendario oficial del mes.
- Anota fecha, modalidad y obligación aplicable.
- Cierra cada hito con folio de declaración y pago.
Origen y revisión
Plantilla de Simplo, elaborada con las fuentes indicadas más abajo.
Revisión profesional del contenido pendiente. Las fechas de consulta de fuentes no acreditan una revisión jurídica o contable.
Guía para completar la plantilla
Período y perfil
- Mes y año: ____
- Régimen tributario: ____
- Obligaciones aplicables: ____
Cómo completar los vencimientos
No arrastres fechas del año anterior. Distingue declaración, pago y modalidad electrónica con requisitos especiales.
Seguimiento del calendario
- Programar una revisión previa con margen interno.
- Comprobar declaraciones sin movimiento cuando corresponda.
- Guardar folio y comprobante.
- Registrar prórrogas sólo con respaldo oficial.
Alcance y qué debes revisar
Las fechas se completan desde el calendario vigente; las filas son hitos de trabajo, no vencimientos ya confirmados.
Fuentes oficiales consultadas
- SII: Calendario tributario
Los vencimientos dependen de obligación, período y modalidad; se trasladan desde la consulta oficial del mes.
Consultada: 2026-09-26
Reglas y fechas del calendario tributario
Las obligaciones tributarias recurrentes de una pyme ante el SII, ordenadas por cadencia: el F29 mensual (IVA + PPM + retenciones), las Declaraciones Juradas de enero a marzo y la Operación Renta (F22) de abril. Estructura y reglas oficiales del SII.
Última revisión de esta guía: .
F29: día 12 como regla general; día 20 por internet con pago y requisitos; día 28 por internet sin pago o sin movimiento. Las fechas de las Declaraciones Juradas y devoluciones corresponden a cada año tributario: confirma tu caso en el SII.
El día exacto depende de cómo declaras — no de una tabla por RUT
- • El plazo general del F29 es el día 12 del mes siguiente al período tributario, uniforme para todos los contribuyentes.
- • Se extiende al día 20 solo si declaras Y pagas por internet en www.sii.cl y eres facturador electrónico (1ª categoría) o emisor de boletas de honorarios electrónicas (2ª categoría). Este requisito de emisión no se exige si tu actividad no obliga a emitir documentos tributarios.
- • Si declaras por internet sin pago o sin movimiento, el plazo es el día 28 del mes siguiente.
- • La regla general del F29 no depende del último dígito del RUT. Algunos software muestran una tabla de días por dígito, pero esa no es la regla literal del SII: por eso aquí no imprimimos fechas por RUT.
- • Donde sí hay escalonamiento real es en las Declaraciones Juradas (cada formulario tiene su fecha) y en las devoluciones de la Operación Renta (dependen de cuándo declaras).
Mensual — Formulario 29 (y Formulario 50)
El F29 declara IVA, PPM (pago provisional mensual) y retenciones del período anterior (el F29 del período “enero” se presenta en febrero). El F50 cubre otros impuestos mensuales (p. ej. impuesto adicional y ciertas retenciones) con la misma cadencia.
Plazo general
Día 12
del mes siguiente al período tributario, para todos los contribuyentes.
Beneficio internet (declara + paga)
Día 20
solo si declaras y pagas por internet siendo facturador electrónico o emisor de boletas de honorarios electrónicas, con la excepción señalada para actividades sin obligación de emitir documentos.
Día 28: declaración por internet sin pago o sin movimiento.
Para declaraciones con pago, si el vencimiento cae en feriado, sábado o 31 de diciembre, se prorroga al primer día hábil siguiente.
| Período tributario | Se presenta en | Plazo F29 |
|---|---|---|
| Enero | Febrero | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Febrero | Marzo | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Marzo | Abril | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Abril | Mayo | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Mayo | Junio | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Junio | Julio | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Julio | Agosto | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Agosto | Septiembre | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Septiembre | Octubre | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Octubre | Noviembre | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Noviembre | Diciembre | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
| Diciembre | Enero | Día 12 (general) · día 20 (internet con pago y requisitos) · día 28 (internet sin pago o sin movimiento) |
Enero a marzo — Declaraciones Juradas (DJ)
Son declaraciones juradas informativas (por ejemplo F1811, F1879, F1887, F1890, F1896, F1898, entre otras) que vencen de forma escalonada entre enero y marzo, antes de la Operación Renta, porque alimentan la propuesta del F22.
Cada formulario tiene su propia fecha, y esas fechas cambian cada año tributario. Por eso no se imprimen aquí: verifica el día exacto de cada DJ en el calendario oficial del SII antes de presentar.
Abril — Operación Renta, Formulario 22 (F22)
Declaración anual de renta del año comercial anterior. La Operación Renta 2026 declara las rentas de 2025.
Inicio del período
1 de abril de 2026
Declaraciones con pago de impuesto
Del 8 al 30 de abril de 2026
Devolución según cuándo declares (AT 2026)
| Ventana de declaración | Fecha de devolución |
|---|---|
| Personas naturales que declaran entre el 1 y el 8 de abril | 29 de abril de 2026 (primera emisión, por transferencia) |
| Declaras entre el 9 y el 23 de abril | 15 de mayo de 2026 (transferencia) |
| Declaras entre el 24 de abril y el 8 de mayo | 27 de mayo de 2026 (transferencia) |
| Devolución por cheque o caja en BancoEstado | 29 de mayo de 2026 |
Son fechas programadas para el año tributario 2026, no una garantía de pago. La primera emisión del 29 de abril es sólo para personas naturales. Revisa la aceptación de tu declaración y las retenciones que puedan corresponder; para cada nueva Operación Renta, consulta el calendario del SII.
Qué agrupa el calendario tributario del SII
• Declaración mensual F29 — IVA, PPM y retenciones.
• Declaración mensual F50 — otros impuestos mensuales.
• Declaraciones Juradas de la Operación Renta (enero–marzo).
• Operación Renta F22 (abril) y pagos de contribuciones.
Preguntas frecuentes sobre el calendario tributario del SII
Plazos del F29, vencimiento por RUT y fechas de la Operación Renta 2026.
¿Cuándo vence el F29 cada mes en 2026?
El plazo general del F29 es el día 12 del mes siguiente. Para declarar y pagar por sii.cl, puede extenderse al 20: aplica a facturadores electrónicos de primera categoría y emisores de boletas de honorarios electrónicas de segunda categoría; ese requisito de emisión no se exige cuando la actividad no obliga a emitir documentos tributarios. Por internet, las declaraciones sin pago o sin movimiento vencen el día 28. En declaraciones con pago, los vencimientos en feriado, sábado o 31 de diciembre pasan al siguiente día hábil.
¿El día de vencimiento del F29 depende del último dígito de mi RUT?
No según la regla general del SII. El plazo depende de la modalidad: día 12 general, día 20 por internet con pago y requisitos, o día 28 por internet sin pago o sin movimiento. No usamos una tabla por último dígito del RUT para el F29 mensual. Las Declaraciones Juradas tienen vencimientos por formulario, y las devoluciones de la Operación Renta tienen fechas programadas según la ventana de presentación.
¿Cuáles son las fechas de la Operación Renta 2026 (F22)?
La Operación Renta 2026 declara las rentas de 2025 y comienza el 1 de abril. El período con pago de impuesto va del 8 al 30 de abril. El calendario programa depósitos para el 29 de abril, 15 de mayo y 27 de mayo, según cuándo se presentó la declaración; la primera emisión del 29 de abril corresponde sólo a personas naturales. Para cheque o caja en BancoEstado, la fecha programada es el 29 de mayo. Presentar a tiempo no garantiza una devolución: revisa la aceptación de tu declaración y las retenciones aplicables. Las fechas de las Declaraciones Juradas deben consultarse por formulario en el SII.
Fuentes del SII para verificar estas fechas
Siguiente paso recomendado
Una vez que conoces la estructura, lo práctico es ver mes a mes qué vence y cuándo cae cada plazo en el calendario civil de 2026.
Ver el calendario tributario SII 2026 mes a mes