Qué es fusionar una empresa
Fusionar es el proceso por el cual dos o más sociedades se integran en una sola. Las sociedades fusionadas transmiten a la sociedad continuadora la totalidad de su patrimonio, y los socios o accionistas reciben participación en la sociedad resultante.
La Ley 18.046 distingue dos formas:
- Fusión por incorporación: una sociedad absorbe a otras. La absorbente conserva su personalidad jurídica; las demás se disuelven.
- Fusión por creación: dos o más sociedades se disuelven para dar vida a una sociedad nueva.
En ambos casos la sociedad continuadora asume activos, pasivos, contratos, trabajadores, licencias y obligaciones de las sociedades fusionadas.
Bien hecha, la fusión es un instrumento poderoso para consolidar operaciones, aprovechar sinergias y simplificar estructuras. Mal hecha, genera contingencias tributarias, laborales y contractuales.
Pasos para fusionar
- Definir tipo de fusión: por incorporación (hay una absorbente) o por creación (nace una nueva sociedad).
- Confeccionar balances de cada sociedad a la fecha de acuerdo.
- Acordar relación de canje: cuántas acciones o derechos reciben los socios por sus participaciones actuales.
- Junta extraordinaria en cada sociedad con el quórum que exige el estatuto.
- Redactar el acuerdo de fusión y el estatuto de la continuadora.
- Formalizar por escritura pública o por RES si el caso es estándar.
- Publicar extracto en Diario Oficial.
- Inscribir la continuadora o la modificación de la absorbente.
- Comunicar al SII y a otras instituciones.
- Disolver formalmente las sociedades absorbidas.
Documentos y datos necesarios
- Balances auditados o firmados de cada sociedad.
- Informe de relación de canje (especialmente en SA con accionistas externos).
- Actas de junta de cada sociedad.
- Estatuto de la continuadora.
- Inventario de activos, pasivos, contratos, trabajadores.
- Informes legales sobre contingencias laborales, tributarias, ambientales.
- Asesoría contable y legal: prácticamente obligatoria.
Errores comunes al fusionar
- Fusión sin auditoría previa de contingencias. La continuadora hereda todos los riesgos.
- Relación de canje mal calculada. Genera conflictos entre accionistas.
- Ignorar contratos con cláusulas de cambio de control. Algunos contratos se resuelven automáticamente al fusionar.
- Olvidar trabajadores. El traspaso debe informarse y el cambio de empleador tiene regulación específica en DT.
- No considerar implicancias IVA. Hay reglas específicas para aprovechar créditos fiscales tras la fusión.
- Saltarse publicación. Sin extracto publicado en Diario Oficial, la fusión puede ser impugnada.
- Desconocer régimen tributario del artículo 14 LIR. Bien aplicado, la fusión puede ser neutra; mal aplicado, tiene costo.
Qué revisar después de fusionar
- Sociedad continuadora inscrita y con RUT vigente.
- Cuentas bancarias unificadas.
- SII actualizado y contabilidad consolidada.
- Trabajadores con contratos a nombre de la continuadora.
- Clientes y proveedores informados.
- Inmuebles: inscripción de transferencia en CBR.
- Licencias, marcas, patentes: transferencia a la continuadora.
- Seguros: ajustar pólizas al nuevo perímetro.
- Estructura accionaria actualizada en libros.
Preguntas frecuentes
¿Puedo fusionar una SpA con una Ltda?
Sí, siempre que se defina qué tipo societario tendrá la continuadora. Suele implicar transformación previa para alinear estructuras.
¿La fusión genera impuestos?
Bien estructurada bajo artículo 14 LIR puede ser neutra. Mal estructurada, gatilla tributación por enajenación.
¿Qué pasa con los trabajadores?
La continuidad laboral está protegida: los trabajadores mantienen antigüedad y condiciones. El traspaso debe comunicarse formalmente.
¿Cuánto demora fusionar?
Meses: acuerdos, balances, publicaciones, inscripciones, comunicaciones. No es un proceso de una semana.
Fuentes y referencias
- Ley 18.046 - Régimen de fusión en SA y SpA.
- SII — Reorganizaciones - Tributación de fusiones.
- Artículo 14 LIR - Reorganización empresarial neutra.




