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SEREMI SaludAutorizaciones sectoriales

Operación radiológica de 2ª y 3ª categoría

Nombre formal: Autorización de operación de instalaciones radiactivas y equipos de segunda y tercera categoría

No basta con saber que fue ingresado: importa qué falta, quién actúa y qué se puede desviar.

Autorización sanitaria expresa y previa para operar instalaciones radiactivas de segunda categoría —laboratorios de baja radiotoxicidad, rayos X de diagnóstico médico o dental y radioterapia o roentgenterapia superficial— o de tercera categoría —equipos y fuentes selladas de los usos enumerados por el reglamento—. La SEREMI de Salud conserva esta competencia; la operación de instalaciones de primera categoría corresponde a la CCHEN y ya está modelada por separado.

Anatomía del seguimiento

Del estado administrativo a una próxima acción

01

Etapa vigente

Qué ocurrió y qué falta validar

02

Próxima acción

Quién mueve el expediente y con qué respaldo

03

Riesgo y fecha

Qué puede desviarse antes del próximo hito

Vista conceptual · el seguimiento se configura sobre cada expediente

Pronunciamiento de la autoridad sanitaria

30 días hábiles

30 días hábiles desde el ingreso de la solicitud; una sola subsanación formal por el plazo que otorgue la autoridad

Ver fuente

Base de verificación

6 fuentes

V-OF · revisión de fuentes vigente.

Cómo se tramita

6 hitos para leer el avance real del permiso

Este mapa muestra la secuencia pública del procedimiento. Las condiciones, dependencias, documentos y estrategia aplicables se determinan con el expediente concreto.

Mapa público del procedimiento6 hitos · selecciona una para explorarla
Vista conceptual
SolicitanteAutoridadTerceros
  1. Determinar si la instalación o equipo corresponde a segunda o tercera categoría según el artículo 7 del DS 133/1984. El solicitante debe ser la persona natural o jurídica que acredite propiedad o uso a otro título; la primera categoría se tramita ante CCHEN y queda fuera de esta ficha.

Hito 011/6

Solicitante

Clasificar la instalación y acreditar al titular

Determinar si la instalación o equipo corresponde a segunda o tercera categoría según el artículo 7 del DS 133/1984. El solicitante debe ser la persona natural o jurídica que acredite propiedad o uso a otro título; la primera categoría se tramita ante CCHEN y queda fuera de esta ficha.

Evaluar este permiso
Qué muestra

Secuencia, actores e iteraciones públicamente verificables.

Qué se define con tu caso

Documentos, dependencias, responsables, riesgos y estrategia.

Los puntos donde se pierde la visibilidad

El valor no está en repetir el portal. Está en conectar actuaciones, responsables y decisiones del proyecto.

01

Régimen aplicable

El tipo de proyecto, su ubicación y sus permisos relacionados pueden cambiar el recorrido general.

02

Admisibilidad y revisión

El estado visible no siempre revela antecedentes pendientes, responsables ni suspensiones.

03

Cierre verificable

La resolución puede abrir pagos, registros, obras, reportes u otras obligaciones posteriores.

Seguimiento de Operación radiológica de 2ª y 3ª categoría

Una capa de control sobre un proceso que ya existe

Simplo no reemplaza a la autoridad ni a los profesionales que firman. Convierte el expediente en una operación trazable para el equipo que necesita tomar decisiones.

Conoce el servicio de gestión de permisos sectoriales

Etapa vigente del expediente

Actuaciones nuevas de la autoridad

Responsable de la próxima acción

Vencimientos y suspensiones

Permisos o hitos relacionados

Reporte ejecutivo del avance

Evaluación inicial

¿Necesitas saber qué está pasando de verdad?

Cuéntanos en qué etapa está Operación radiológica de 2ª y 3ª categoría. Evaluamos si una capa de seguimiento o una asesoría especializada puede dar control al proyecto.

  • Revisión humana del contexto
  • Alcance y próximo paso concretos
  • Sin promesas automáticas ni plazos inventados

Sin costo · sin compromiso · revisión humana

Al enviar aceptas el tratamiento descrito en nuestra política de privacidad.

Respuestas breves

Preguntas frecuentes

¿Qué es Operación radiológica de 2ª y 3ª categoría?

Autorización sanitaria expresa y previa para operar instalaciones radiactivas de segunda categoría —laboratorios de baja radiotoxicidad, rayos X de diagnóstico médico o dental y radioterapia o roentgenterapia superficial— o de tercera categoría —equipos y fuentes selladas de los usos enumerados por el reglamento—. La SEREMI de Salud conserva esta competencia; la operación de instalaciones de primera categoría corresponde a la CCHEN y ya está modelada por separado.

¿Cuánto demora Operación radiológica de 2ª y 3ª categoría?

Pronunciamiento de la autoridad sanitaria: 30 días hábiles desde el ingreso de la solicitud; una sola subsanación formal por el plazo que otorgue la autoridad. El cómputo y las suspensiones deben confirmarse para el expediente concreto.

¿Qué puede seguir Simplo en Operación radiológica de 2ª y 3ª categoría?

Simplo puede estructurar hitos, actuaciones, responsables, vencimientos y desviaciones para convertir el expediente en un avance entendible por el equipo del proyecto.

¿Esta ficha reemplaza una asesoría especializada?

No. Explica el ciclo general con fuentes enlazadas. La aplicabilidad, los antecedentes técnicos y la estrategia deben revisarse para cada caso.

Fuentes y vigencia

Contenido actualizado: 03 de septiembre de 2026. Esta ficha orienta; no reemplaza el análisis del caso.

Preparado y verificado por con fuentes primarias enlazadas.

Cómo verificamos

Método de revisión de esta ficha

  1. 01Fuente primariaPartimos por normas, formularios y páginas oficiales enlazadas.
  2. 02AlcanceDelimitamos autoridad, objeto y aplicabilidad sin extender la fuente.
  3. 03CicloReconciliamos los hitos públicos y separamos orientación de estrategia.
  4. 04VigenciaEsta ficha no publica una fecha independiente de revisión de fuentes; la actualización editorial aparece arriba.

La revisión editorial y la trazabilidad de fuentes son responsabilidad del Equipo Simplo. Si detectas un error, repórtalo en contacto. Revisamos mensajes en horario laboral chileno y habitualmente respondemos en 24 a 48 horas hábiles; las fuentes rotas de alto impacto se priorizan en menos de 7 días hábiles.