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Equipo y remuneraciones: guía para empleadores en Chile


¿Qué necesitas saber como empleador en Chile?

Como empleador en Chile, tus obligaciones laborales y previsionales no comienzan cuando llega el primer F29 al SII: comienzan el día que firmas el primer contrato de trabajo.

Este hub cubre todo lo que necesitas para operar correctamente como empleador:

  • Contratar de forma legal: contrato escrito, registro en la Dirección del Trabajo (DT) y avisos al sistema previsional.
  • Calcular remuneraciones, cotizaciones y liquidaciones de sueldo mes a mes.
  • Pagar las cotizaciones previsionales en Previred antes del día 10 de cada mes.
  • Cumplir con la jornada de 40 horas semanales vigente en 2026 (reducción gradual bajo la Ley 21.561, BCN).
  • Implementar las obligaciones de la Ley Karin (Ley 21.643) contra el acoso laboral y sexual.

Cifras vigentes para 2026 que necesitas tener a mano:

  • Ingreso mínimo mensual (IMM): $553.553 desde el 1 de mayo de 2026 (Ley N° 21.830, publicada el 22 de junio de 2026). Es la base de cálculo de gratificaciones, finiquitos e indemnizaciones. Fuente: Dirección del Trabajo.
  • Retención de honorarios 2026: 15,25% (Ley N° 21.133). La empresa retiene y paga mensualmente vía F29. Fuente: SII — Tabla de retenciones.
  • Jornada ordinaria: máximo 44 horas semanales hasta el 30 de abril de 2026; 42 horas desde el 1 de mayo de 2026 (Ley 21.561, Art. 3° transitorio).

Usa las guías, calculadoras y tablas de este hub para resolver cada paso del proceso mensual.

¿Qué guías y calculadoras están disponibles?

Contratación de trabajadores

El Código del Trabajo (BCN) obliga al empleador a celebrar el contrato de trabajo por escrito dentro de los 15 días siguientes al inicio de labores (5 días si el contrato es inferior a 30 días). El contrato debe incluir: RUT, cargo, remuneración, jornada, lugar de trabajo y fecha de inicio.

  • Contratar tu primer trabajador: redacta el contrato con los datos obligatorios del Art. 10 del Código del Trabajo, afilia al trabajador a AFP y salud, y registra el inicio de labores ante la Dirección del Trabajo dentro de los 15 días corridos siguientes.
  • Jornada de 42 horas 2026: desde el 1 de mayo de 2026, la jornada ordinaria es de 42 horas semanales (Ley 21.561, Art. 3° transitorio). La reducción a 40 horas rige a partir del 26 de abril de 2028.

Remuneraciones, cotizaciones y liquidaciones

Cada mes debes generar la liquidación de sueldo y pagar las cotizaciones previsionales antes del día 10. Las cotizaciones que el empleador debe pagar en 2026:

| Concepto | Tasa empleador | |---|---| | AFP (cargo del trabajador, descontado de la remuneración) | ~10% sueldo imponible | | Salud Fonasa/Isapre (cargo trabajador) | 7% sueldo imponible | | Seguro de cesantía — empleador | 2,4% sueldo imponible | | Ley 16.744 — cotización base mutual | 0,93% sueldo imponible | | SIS (Seguro Invalidez y Sobrevivencia) | 1,62% (desde abril 2026) | | Ley 21.735 — cotización adicional empleador | 1% (ago-2025 a jul-2026) |

Recuerda que las cotizaciones del trabajador (AFP y salud) son descontadas de su sueldo bruto, no un gasto adicional del empleador; el SIS, la cotización de la Ley 16.744 y la cotización de la Ley 21.735 sí son gasto puro del empleador.

Guías y calculadoras disponibles:

Trabajadores con boleta de honorarios

Las personas que trabajan con boletas de honorarios (prestadores independientes) tributan en forma diferente al trabajador dependiente. El empleador debe:

  1. Retener el 15,25% del monto bruto de cada boleta como impuesto de retención (Ley 21.133, vigente desde enero 2026).
  2. Declarar y pagar la retención mensualmente en el F29 del SII.
  3. Recordar que desde 2018, quienes emiten boletas de honorarios cotizan en AFP y salud a través de esta retención — el trabajador independiente lo regulariza en su Operación Renta anual.

Ley Karin (Ley 21.643): acoso laboral y sexual

Desde agosto de 2024, toda empresa con al menos un trabajador dependiente debe implementar:

  • Un protocolo de prevención del acoso laboral y sexual.
  • Un canal de denuncia accesible y confidencial.
  • Un procedimiento de investigación interna o derivación al inspector del trabajo.

El incumplimiento es sancionado por la Dirección del Trabajo con multas de hasta 60 UTM. Revisa la guía completa en Ley Karin para empresas: obligaciones prácticas.

¿Por dónde partir como empleador?

Sigue la ruta que corresponda a tu etapa:

Voy a contratar mi primer trabajador:

  1. Redacta el contrato de trabajo con los datos obligatorios del Art. 10 del Código del Trabajo.
  2. Verifica que el trabajador tiene AFP y sistema de salud (Fonasa o Isapre); si no tiene AFP, debe elegir una al momento de contratar.
  3. Afíliate a una mutual de la Ley 16.744 si aún no lo hiciste (ACHS, IST, Mutual de Seguridad o ISL).
  4. Paga las primeras cotizaciones en Previred antes del día 10 del mes siguiente al primer pago de remuneración.
  5. Si tienes 10 o más trabajadores, elabora el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (RIHS).

Ya tengo trabajadores y quiero ordenar el proceso mensual:

  1. Genera la liquidación de sueldo con la Calculadora de liquidación de sueldo para revisar los descuentos antes de pagar.
  2. Paga todas las cotizaciones en Previred antes del día 10 (o el día hábil anterior si el 10 cae en fin de semana o festivo).
  3. Guarda los comprobantes de pago de Previred: son exigidos por la DT en fiscalizaciones laborales.
  4. Verifica que la jornada declarada cumple con el máximo de 42 horas semanales vigente desde mayo 2026.

Tengo contratistas con honorarios:

  1. Retén el 15,25% de cada boleta de honorarios y declara la retención en el F29 del SII del mes siguiente.
  2. Emite el comprobante de retención al prestador si lo solicita.
  3. Al cierre del año, el prestador incluirá sus boletas en su Operación Renta para regularizar cotizaciones.

Vigente para el año 2026. Consulta la tabla oficial de IMM en dt.gob.cl y la tabla de retenciones de honorarios en sii.cl.

Fuentes y referencias

Fuentes y referencias