RPM de descargas DS 90
Nombre formal: Resolución de Programa de Monitoreo para descargas de RILES a aguas superficiales (DS 90)
La resolución es un hito; las iteraciones y condiciones explican el avance real.
Procedimiento ante la Superintendencia del Medio Ambiente para evaluar una fuente nueva o no catastrada que genera y descarga residuos líquidos a aguas marinas o continentales superficiales, calificar si es fuente emisora conforme al DS N° 90/2000 y, cuando corresponda, fijar por resolución exenta su Programa de Monitoreo. La RPM establece condiciones específicas de control por punto de descarga; una fuente que no supera los umbrales del numeral 3.7 del DS 90 recibe comunicación de fuente no emisora y el trámite concluye sin RPM.
Anatomía del seguimiento
Del estado administrativo a una próxima acción
Etapa vigente
Qué ocurrió y qué falta validar
Próxima acción
Quién mueve el expediente y con qué respaldo
Riesgo y fecha
Qué puede desviarse antes del próximo hito
Vista conceptual · el seguimiento se configura sobre cada expediente
Ciclo público mapeado
8 hitos
Secuencia general verificada en las fuentes enlazadas.
Base de verificación
6 fuentes
V-OF · revisión de fuentes vigente.
Cómo se tramita
8 hitos para leer el avance real del permiso
Este mapa muestra la secuencia pública del procedimiento. Las condiciones, dependencias, documentos y estrategia aplicables se determinan con el expediente concreto.
Determinar si se trata de una fuente nueva o de una fuente existente no catastrada sujeta al DS 90, individualizar cada descarga o ducto y reunir los antecedentes de la empresa, establecimiento, proyecto, proceso, tratamiento y cuerpo receptor. Debe prepararse un aviso y una caracterización por cada punto de descarga, usando un solo Formulario Conductor para el conjunto presentado.
Solicitante
Definir la fuente y cada punto de descarga
Determinar si se trata de una fuente nueva o de una fuente existente no catastrada sujeta al DS 90, individualizar cada descarga o ducto y reunir los antecedentes de la empresa, establecimiento, proyecto, proceso, tratamiento y cuerpo receptor. Debe prepararse un aviso y una caracterización por cada punto de descarga, usando un solo Formulario Conductor para el conjunto presentado.
Evaluar este permisoSecuencia, actores e iteraciones públicamente verificables.
Qué se define con tu casoDocumentos, dependencias, responsables, riesgos y estrategia.
Los puntos donde se pierde la visibilidad
El valor no está en repetir el portal. Está en conectar actuaciones, responsables y decisiones del proyecto.
Régimen aplicable
El tipo de proyecto, su ubicación y sus permisos relacionados pueden cambiar el recorrido general.
Admisibilidad y revisión
El estado visible no siempre revela antecedentes pendientes, responsables ni suspensiones.
Cierre verificable
La resolución puede abrir pagos, registros, obras, reportes u otras obligaciones posteriores.
Seguimiento de RPM de descargas DS 90
Una capa de control sobre un proceso que ya existe
Simplo no reemplaza a la autoridad ni a los profesionales que firman. Convierte el expediente en una operación trazable para el equipo que necesita tomar decisiones.
Conoce el servicio de gestión de permisos sectorialesEtapa vigente del expediente
Actuaciones nuevas de la autoridad
Responsable de la próxima acción
Vencimientos y suspensiones
Permisos o hitos relacionados
Reporte ejecutivo del avance
Evaluación inicial
¿Necesitas saber qué está pasando de verdad?
Cuéntanos en qué etapa está RPM de descargas DS 90. Evaluamos si una capa de seguimiento o una asesoría especializada puede dar control al proyecto.
- Revisión humana del contexto
- Alcance y próximo paso concretos
- Sin promesas automáticas ni plazos inventados
Respuestas breves
Preguntas frecuentes
¿Qué es RPM de descargas DS 90?
Procedimiento ante la Superintendencia del Medio Ambiente para evaluar una fuente nueva o no catastrada que genera y descarga residuos líquidos a aguas marinas o continentales superficiales, calificar si es fuente emisora conforme al DS N° 90/2000 y, cuando corresponda, fijar por resolución exenta su Programa de Monitoreo. La RPM establece condiciones específicas de control por punto de descarga; una fuente que no supera los umbrales del numeral 3.7 del DS 90 recibe comunicación de fuente no emisora y el trámite concluye sin RPM.
¿Existe un plazo único para RPM de descargas DS 90?
No existe un plazo único publicado que describa todo el ciclo. Cada actuación y suspensión debe leerse en el expediente concreto.
¿Qué puede seguir Simplo en RPM de descargas DS 90?
Simplo puede estructurar hitos, actuaciones, responsables, vencimientos y desviaciones para convertir el expediente en un avance entendible por el equipo del proyecto.
¿Esta ficha reemplaza una asesoría especializada?
No. Explica el ciclo general con fuentes enlazadas. La aplicabilidad, los antecedentes técnicos y la estrategia deben revisarse para cada caso.
Fuentes y vigencia
Contenido actualizado: 03 de septiembre de 2026. Esta ficha orienta; no reemplaza el análisis del caso.
Preparado y verificado por Equipo Simplo con fuentes primarias enlazadas.
Método de revisión de esta ficha
- 01Fuente primariaPartimos por normas, formularios y páginas oficiales enlazadas.
- 02AlcanceDelimitamos autoridad, objeto y aplicabilidad sin extender la fuente.
- 03CicloReconciliamos los hitos públicos y separamos orientación de estrategia.
- 04VigenciaEsta ficha no publica una fecha independiente de revisión de fuentes; la actualización editorial aparece arriba.
La revisión editorial y la trazabilidad de fuentes son responsabilidad del Equipo Simplo. Si detectas un error, repórtalo en contacto. Revisamos mensajes en horario laboral chileno y habitualmente respondemos en 24 a 48 horas hábiles; las fuentes rotas de alto impacto se priorizan en menos de 7 días hábiles.
- Biblioteca del Congreso Nacional
Fuente enlazada utilizada para verificar esta ficha pública.
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- transparencia.sma.gob.cl
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- Superintendencia del Medio Ambiente
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