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Cómo funcionan los honorarios y las boletas de honorarios

Los honorarios son remuneraciones a profesionales independientes que se documentan con boleta de honorarios. Tienen retención e implicancias previsionales.

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Cómo funcionan los honorarios y las boletas de honorarios

Qué son los honorarios

Honorario es la remuneración que recibe un profesional independiente por un servicio personal prestado. Se documenta con boleta de honorarios electrónica, emitida a través del portal SII.

A diferencia de la factura (que usa una empresa por venta de bienes o servicios), la boleta de honorarios la emite una persona natural que presta servicios profesionales, técnicos o asimilados sin vínculo de subordinación.

Aspectos clave:

  • Quien emite: persona natural, no empresa.
  • Tributación: la renta se declara en Global Complementario (F22 anual, escala progresiva).
  • Retención: el pagador empresa retiene un porcentaje (tasa vigente en régimen transitorio; verifica en SII) como anticipo del impuesto.
  • Cotizaciones previsionales: desde 2018, los trabajadores a honorarios tienen cotización obligatoria progresiva (AFP, salud, Ley 16.744).
  • Gastos: el profesional puede imputar gastos efectivos o presuntos (30% de ingresos, con tope).
  • IVA: los honorarios son operaciones exentas de IVA.

Cómo funciona en la práctica

  1. El profesional emite boleta en el portal SII al prestador del servicio.
  2. La boleta muestra: monto bruto, retención y neto que recibe el profesional.
  3. El pagador empresa retiene el porcentaje vigente.
  4. La empresa declara la retención en su F29 del mes.
  5. El profesional recibe el neto en su cuenta.
  6. Cotizaciones previsionales: el profesional las paga anualmente en Operación Renta (el SII descuenta de la devolución o requiere pago) o mensualmente si elige hacerlo.
  7. F22 del profesional: declara ingresos brutos totales, descuenta gastos (efectivos o 30% presunto), y aplica retenciones ya pagadas como crédito.
  8. Resultado: devolución, o pago adicional si la retención no cubrió todo.

Documentos y datos necesarios

Para el profesional:

  • Clave tributaria SII.
  • Inicio de actividades como persona natural con giro profesional.
  • Cuenta corriente o vista para recibir pagos.

Para la empresa pagadora:

  • Boleta de honorarios emitida por el profesional.
  • RUT del profesional.
  • Registro contable del gasto y la retención.
  • Declaración en F29 del mes.
  • DJ 1879 anual en marzo.

Errores comunes con honorarios

  • Confundir honorarios con sueldo. Si hay subordinación, corresponde contrato de trabajo y liquidación, no boleta de honorarios.
  • No retener. La empresa responde solidariamente por la retención.
  • Retener con tasa incorrecta. Las tasas han cambiado; verifica la vigente.
  • No declarar DJ 1879. Genera multa y complica el F22 del profesional.
  • Profesional que no cotiza previsional. Desde 2018 hay obligación progresiva.
  • No imputar gastos en F22 del profesional: pierde oportunidad de reducir impuesto.
  • Emitir boleta por operaciones que no son honorarios: venta de bienes, por ejemplo, requiere factura de primera categoría.
  • Mezclar boletas personales con actividad profesional.
  • Honorarios disfrazados de relación laboral: DT puede reclasificar y exigir indemnizaciones y cotizaciones atrasadas.

Qué revisar si eres profesional o empresa pagadora

Si eres profesional:

  • Historial de boletas emitidas.
  • Retenciones acumuladas como crédito para F22.
  • Cotizaciones previsionales: anuales o mensuales.
  • Gastos imputables.
  • Evaluar si conviene crear empresa (EIRL o SpA) si el volumen es alto.

Si eres empresa pagadora:

  • F29 mensual con retenciones al día.
  • DJ 1879 anual.
  • Certificados al profesional para su F22.
  • Revisión de relación: si es continuada y con subordinación, evaluar si corresponde contrato de trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cotizar si emito boletas?

Sí. Desde 2018 la cotización previsional es obligatoria de forma progresiva, y cubre AFP, salud y Ley 16.744. Se paga anualmente en Operación Renta o mensualmente voluntario.

¿Qué retención se aplica?

La tasa está en régimen transitorio de aumento gradual. Verifica la tasa vigente para el año en el portal SII antes de emitir o pagar.

¿Puedo emitir boleta sin iniciar actividades?

No. Necesitas inicio de actividades como persona natural con giro profesional.

¿Se paga IVA en honorarios?

No. Los servicios personales de profesionales independientes están exentos de IVA.

Fuentes y referencias

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ESCRITO POR

Valentina Rojas