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Contratar tu primer trabajador: contrato, AFP/salud y registro DT paso a paso

Contratar tu primer trabajador dependiente en Chile exige contrato escrito en 15 días, afiliación a AFP y salud, y pagar cotizaciones en Previred antes del día 10. IMM vigente desde mayo 2026: $553.553 (Ley 21.830). Aquí está el proceso completo.

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Contratar tu primer trabajador: contrato, AFP/salud y registro DT paso a paso

¿Qué implica contratar tu primer trabajador en Chile?

Contratar el primer trabajador dependiente es el punto en que una persona natural o empresa pasa de operar sola a ser empleador. Ese cambio activa un conjunto de obligaciones laborales y previsionales que el Código del Trabajo (Art. 9, BCN) regula con plazos específicos.

El proceso no es discrecional: hay un orden legal que, si se omite o se retrasa, genera multas de la Dirección del Trabajo (DT) y deudas previsionales con intereses. Bien organizado, el proceso completo toma entre 2 y 4 días hábiles.

Cifras clave para 2026:

  • Ingreso Mínimo Mensual (IMM): $553.553 desde el 1 de mayo de 2026 (Ley 21.830). Es el piso de toda remuneración pactada para jornada completa.
  • Jornada ordinaria máxima: 42 horas semanales desde el 1 de mayo de 2026 (Ley 21.561, Art. 3° transitorio).
  • Plazo para redactar el contrato: 15 días corridos desde el inicio de labores. Si el contrato dura menos de 30 días, el plazo es 5 días (Art. 9 del Código del Trabajo).
  • Vencimiento de cotizaciones: día 10 de cada mes (o el día hábil anterior si el 10 cae sábado, domingo o festivo).

Revisa el resumen de todas las obligaciones del empleador en el hub Equipo y remuneraciones para empleadores en Chile.

Pasos para contratar tu primer trabajador paso a paso

1. Verifica la identidad y situación previsional del trabajador

Solicita el RUT (Rol Único Tributario) y cédula de identidad vigente. Consulta si el trabajador ya tiene AFP activa y sistema de salud (Fonasa o Isapre). Esto determina si debes tramitar una nueva afiliación o solo hacer la actualización de empleador.

2. Redacta el contrato de trabajo

El contrato debe ser escrito y firmado en dos ejemplares (uno para el empleador, uno para el trabajador). Conforme al Art. 10 del Código del Trabajo, debe contener al menos:

  • Nombre, RUT y domicilio de ambas partes.
  • Fecha de inicio de la relación laboral.
  • Cargo o función del trabajador.
  • Lugar o ciudad donde se realizará el trabajo.
  • Remuneración pactada (monto, forma y período de pago). No puede ser inferior al IMM ($553.553 para jornada completa).
  • Jornada de trabajo (máximo 42 horas semanales desde el 1-may-2026).

El contrato debe estar firmado dentro de los 15 días corridos siguientes al inicio de labores (5 días si el contrato es por menos de 30 días).

3. Afilia al trabajador a una AFP

Si el trabajador no tiene AFP activa, debe elegir una de las AFPs vigentes: Habitat, Capital, Cuprum, Modelo, Planvital, ProVida o Uno AFP. El trabajador elige libremente; como empleador no puedes imponer una AFP. La cotización previsional obligatoria en AFP es aproximadamente el 10% del sueldo imponible (cargo del trabajador, descontado de su sueldo bruto).

4. Verifica el sistema de salud del trabajador

Todo trabajador dependiente cotiza el 7% de su sueldo imponible para salud. Si no tiene sistema elegido, queda afecto a Fonasa por defecto. Como empleador, tu obligación es retener y pagar esa cotización.

5. Afíliate a una mutualidad de la Ley 16.744

Toda empresa con trabajadores dependientes debe estar adherida a una mutual de la Ley 16.744 para cubrir accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Sin mutual, el trabajador no tiene cobertura desde el primer día. Las opciones son ACHS, IST, Mutual de Seguridad o ISL. Revisa la guía de mutualidades en Chile para elegir.

6. Notifica el inicio de labores

El aviso de inicio de labores ante la DT puede hacerse en línea en dt.gob.cl o en la Inspección del Trabajo correspondiente. Conviene hacerlo dentro del mismo período en que se firma el contrato para mantener trazabilidad ante una fiscalización.

7. Genera la primera liquidación de sueldo y paga cotizaciones en Previred

Al término del primer mes trabajado, genera la liquidación de sueldo con los descuentos de AFP, salud, seguro de cesantía y otros. Usa la Calculadora de liquidación de sueldo para revisar los números antes de pagar. Luego ingresa a Previred y paga las cotizaciones antes del día 10. Consulta la tabla completa en Cotizaciones previsionales 2026.

Documentos que debes tener listos

| Documento | Para qué sirve | |---|---| | RUT y cédula de identidad del trabajador | Verificar identidad y completar el contrato | | RUT y datos de la empresa | Completar el contrato en la parte del empleador | | Contrato de trabajo firmado (2 ejemplares) | Base legal de la relación laboral | | AFP del trabajador (nombre y número de afiliado) | Para el pago de cotizaciones en Previred | | Sistema de salud (Fonasa o número de Isapre) | Para el pago de cotizaciones de salud | | Adhesión a mutualidad (código de adherente) | Cobertura Ley 16.744 desde el primer día | | Libro de asistencia o sistema de control de asistencia | Registro de jornada exigido por la DT |

Guarda los comprobantes de pago de cotizaciones de Previred: son el respaldo principal en una fiscalización de la DT.

Errores frecuentes al contratar el primer trabajador

1. Firmar el contrato fuera del plazo legal. El Art. 9 del Código del Trabajo establece que no tener el contrato escrito firmado dentro del plazo se considera una presunción de que las condiciones las fija el trabajador. Además, la DT puede aplicar multas de hasta 5 UTM por trabajador.

2. Pagar un sueldo inferior al IMM. El ingreso mínimo mensual desde el 1 de mayo de 2026 es $553.553 (Ley 21.830). Cualquier acuerdo por debajo de ese monto para una jornada completa es nulo.

3. No afiliar a la mutualidad antes del primer día de trabajo. Si el trabajador sufre un accidente laboral antes de que la empresa esté adherida a una mutual, la cobertura no existe. El trámite de adhesión se puede hacer en línea y en el día.

4. Pagar las cotizaciones con retraso. Las cotizaciones previsionales vencen el día 10 de cada mes. El pago tardío genera intereses y recargos que se acumulan por trabajador.

5. Olvidar el libro de asistencia. La DT exige un registro de asistencia (físico o digital autorizado) para verificar la jornada. Sin él, la empresa no puede refutar horas extra reclamadas por el trabajador.

6. No entregar copia del contrato al trabajador. Cada parte debe quedar con un ejemplar firmado. Si el trabajador reclama no haber recibido su copia, la multa puede ser inmediata en una visita inspectiva.

¿Qué revisar después de contratar al primer trabajador?

Con el contrato firmado y las primeras cotizaciones pagadas, hay tres pasos adicionales que conviene dar en los primeros 30 días:

  1. Calcula el costo total real del trabajador. El sueldo bruto no es lo que paga la empresa. Suma el seguro de cesantía (2,4%), la cotización a la mutual (0,93% base), el SIS (1,62% desde abril 2026) y la cotización adicional Ley 21.735 (1% hasta julio 2026). La Calculadora de costo empresa trabajador hace ese cálculo automáticamente. Revisa también el artículo Costo total de un trabajador en Chile 2026 para el desglose completo.
  1. Verifica la jornada declarada. Desde el 1 de mayo de 2026, la jornada ordinaria máxima es 42 horas semanales. Si el contrato menciona un número superior (por ejemplo, 44 horas), ajústalo con un anexo de contrato.
  1. Implementa el protocolo Ley Karin. La Ley 21.643 obliga a toda empresa con al menos un trabajador a tener un protocolo de prevención del acoso laboral y sexual. Revisa la guía completa en Ley Karin para empresas: obligaciones prácticas.

Para el flujo completo de remuneraciones mensuales, visita el hub Equipo y remuneraciones para empleadores en Chile.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para firmar el contrato de trabajo?

15 días corridos desde el inicio de labores, según el Art. 9 del Código del Trabajo. Si el contrato dura menos de 30 días, el plazo es de 5 días corridos. No tener el contrato escrito en ese plazo es una infracción sancionada por la Dirección del Trabajo con multas de hasta 5 UTM por trabajador.

¿Qué AFP debe elegir el trabajador?

El trabajador elige libremente entre las AFPs vigentes: Habitat, Capital, Cuprum, Modelo, Planvital, ProVida y Uno AFP. El empleador no puede imponer una AFP. Si el trabajador no tiene AFP activa, debe afiliarse a una antes de iniciar labores; en caso contrario, se asigna temporalmente a la AFP de menor comisión según el sistema de licitación de la Superintendencia de Pensiones.

¿Cuándo vence el pago de cotizaciones previsionales?

El día 10 de cada mes, o el día hábil anterior si el 10 cae sábado, domingo o festivo. Las cotizaciones del mes de mayo vencen el 10 de junio. El pago tardío genera intereses y recargos por trabajador reportados como deuda previsional ante la Superintendencia de Pensiones.

¿Necesito reglamento interno con un solo trabajador?

El reglamento interno de orden, higiene y seguridad es obligatorio para empresas con 10 o más trabajadores permanentes (Art. 153 del Código del Trabajo). Con un solo trabajador no hay esa obligación. Sin embargo, la Ley Karin (Ley 21.643) exige un protocolo de prevención del acoso laboral y sexual para toda empresa con al menos un trabajador dependiente.

Fuentes y referencias