guía de facturación electrónica
Nota de crédito o débito: cómo corregir una factura
Usa una nota de crédito electrónica 61 para anular, rebajar o corregir una factura en los casos permitidos. Usa una nota de débito electrónica 56 para aumentar un monto. Ambas deben referenciar el documento anterior; no debes editar ni reemplazar el XML ya emitido.
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¿Cuándo corresponde una nota de crédito y cuándo una de débito?
La dirección del ajuste es la primera pregunta. Si necesitas dejar sin efecto el documento, rebajar un monto o corregir texto bajo las reglas del formato, revisa una nota de crédito 61. Si necesitas aumentar el valor de la operación, revisa una nota de débito 56.
No emitas una segunda factura idéntica para compensar un error ni cambies el archivo original. La corrección debe quedar trazable mediante una referencia al documento anterior. Antes de confirmar, identifica si corriges el total completo, una parte del monto o solo un texto.
| Situación | Documento a revisar |
|---|---|
| Anular completamente una factura | Nota de crédito 61 |
| Aplicar una rebaja o descuento posterior | Nota de crédito 61 |
| Corregir texto en un caso permitido | Nota de crédito 61 |
| Aumentar el monto facturado | Nota de débito 56 |
| Corregir al alza un valor | Nota de débito 56 |
¿Qué datos debe llevar la referencia?
La nota debe identificar el documento que corrige. Revisa el tipo de DTE, folio y fecha del documento de referencia, además del código y la razón de la corrección cuando correspondan. Un folio correcto con un tipo equivocado sigue siendo una referencia incorrecta.
El formato del SII define tres códigos de referencia: 1 para anular, 2 para corregir texto y 3 para corregir montos. Elige el código por el efecto real de la nota. La razón debe explicar la causa de forma comprensible para el receptor y para una revisión posterior.
| Código | Significado |
|---|---|
| 1 | Anula el documento de referencia |
| 2 | Corrige texto del documento de referencia |
| 3 | Corrige montos |
¿Qué pasa si han transcurrido más de seis meses?
El plazo importa para los efectos del IVA. El SII explica que, en devoluciones o resciliaciones de operaciones gravadas, si la nota se emite dentro de seis meses el emisor puede rebajar su débito fiscal y el receptor debe ajustar su crédito. Después de ese plazo, el emisor no puede usar la nota para rebajar su débito fiscal, aunque el receptor debe ajustar el crédito según corresponda.
Esto no se resume correctamente diciendo que una nota tardía está siempre prohibida o que no existe ningún plazo. La consecuencia depende del motivo, del tipo de operación y del efecto tributario. Para operaciones exentas, el propio SII indica que no existe ese plazo especial y remite a las reglas generales.
Si la factura es antigua, no decidas solo por la fecha. Revisa el motivo de la corrección y su efecto en IVA antes de emitir la nota.
¿Por qué el SII puede rechazar una nota?
Los problemas más comunes están en la referencia: tipo o folio que no corresponden, fecha inconsistente, receptor distinto o código de corrección incompatible con lo que intenta hacer el documento. También puede haber diferencias entre el detalle y los totales de la nota.
Lee el código dentro de su familia y conserva la glosa completa. Corregir a ciegas puede crear una segunda nota innecesaria. Si la referencia y los montos están bien, revisa el estado específico del documento y no solo el resultado del archivo que lo contenía.
Preguntas frecuentes
¿Puedo anular una factura borrándola?
No debes borrar ni alterar el DTE emitido. La anulación se documenta con una nota de crédito que referencia la factura y usa el código correspondiente.
¿Qué código se usa para corregir montos?
El formato DTE usa el código de referencia 3 para corregir montos. Debes indicar además el documento referido y una razón comprensible.
¿Una nota de crédito puede emitirse después de seis meses?
Puede existir una corrección posterior, pero cambian sus efectos tributarios. En operaciones gravadas, el emisor no puede rebajar su débito fiscal por devoluciones o resciliaciones fuera del plazo señalado por el SII.
¿La nota debe tener el mismo receptor que la factura?
La corrección debe mantener una relación coherente con el documento original. Un receptor diferente rompe esa trazabilidad y puede provocar rechazo o una corrección tributaria incorrecta.